domingo, 21 de febrero de 2016

Qué sigue a la ley que penaliza el maltrato animal?

Bogotá, Colombia . Publicado el martes 12 de enero del 2016.
Celebramos la llegada de una ley que ayudará a reducir la violencia contra algunos animales, sin embargo algunos puntos debieran ser reglamentados. AnimaNaturalis
¿Qué sigue a la ley que penaliza el maltrato animal?
“La ley 1774 de 2016 que penaliza algunas conductas de crueldad contra los animales era una deuda histórica del congreso y del gobierno que crecía desde el 2002, con 15 proyectos de ley hundidos o archivados por falta de voluntad política. Celebramos la llegada de una ley que ayudará a reducir la violencia contra algunos animales, disminuir la impunidad, estimular la denuncia y enviar a los colombianos un mensaje contundente de respecto a los animales”, afirmó Andrea Padilla, vocera de AnimaNaturalis Internacional en Colombia.
La organización señaló la importancia de avanzar en la reglamentación de la ley para precisar contenidos y establecer procesos para su implementación.
“Que esta nueva ley no dormite como su antecesora de 1989 o se quede corta en sus alcances, depende de la claridad de sus contenidos y procedimientos”, agregó la vocera, quien recordó que la cifra anual de denuncias por maltrato animal en el país es de 20.151.
A juicio de la organización, algunos de los puntos de la ley que se deben precisar y reglamentar son los siguientes:
  1. A dónde serán conducidos los animales víctimas o aprehendidos preventivamente teniendo en cuenta que, salvo el centro de bienestar animal “La Perla” de Medellín, no existe ninguna instalación para la protección de animales en el país; menos aún, para animales de especies bovinas, porcinas, caprinas, asnales, aviares, etc., que también cobija la ley. 
  2. Qué tipo de violencias y actividades serán consideradas para efectos de la ley. 
  3. Cómo se establecerá la gravedad de una conducta para considerar que menoscaba gravemente la salud o integridad de un animal y, por lo tanto, que constituye un delito contra su vida e integridad física y emocional. Cómo se valorará el maltrato emocional. 
  4. Cuáles serán los procedimientos de entrega de animales a fundaciones privadas que se ofrezcan a recibirlos y de qué manera se sufragarán los gastos de su sostenimiento. 
  5. Cuál será la participación de las diferentes entidades que, según la ley, deben colaborar armónicamente con los procedimientos policivos, judiciales y sancionatorios, tales como el Ministerio de Ambiente, las Corporaciones Autónomas Regionales y las secretarías de ambiente, entre otras. 
“Por todo ello, consideramos que el siguiente paso debe ser reglamentar la ley con la ayuda de expertos. Además, capacitar a los alcaldes, inspectores de policía y jueces penales municipales que tienen el deber de implementarla y enseñarle a los ciudadanos a utilizarla. Sin una denuncia activa y bien orientada, la ley difícilmente prosperará”, agregó Padilla.

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